"Actuar es fácil, pensar es difícil; actuar según se piensa es aún más difícil"

QUIÉN CREE AHORA EN EL TRIBUNAL SUPREMO


Tan sólo unas cuantas semanas ha durado la doctrina del Tribunal Supremo en lo que al pago del impuesto de actos jurídicos documentados de las hipotecas se refiere. Ante ese gran terremoto que se había generado, cuando hasta tres sentencias de este Alto Tribunal dadas a conocer los pasados 18 y 24 de octubre, habían dispuesto que este impuesto debiera ser pagado, como sujeto pasivo, por las entidades financieras en lugar que por el cliente como hasta las famosas sentencias, se venía pagando hasta la fecha.
El revuelo que se armó cuando se dictaron esas sentencias fue monumental y a buen seguro que muchos teléfonos empezaron a echar humo, sobre todo porque esto suponía un cambio en el sujeto pasivo a la hora del pago de este impuesto, y está claro que la banca de ninguna de las maneras estaba dispuesta a asumir ese rol que las mencionadas sentencias le estaba atribuyendo vía criterio jurisprudencial, por lo que pusieron el grito en el cielo y han removido Roma con Santiago para que esto no llegará a tener efecto de ninguna de las maneras en los términos que decía esta nueva jurisprudencia que estaba marcando el Tribunal Supremo.
Al final el Pleno del Consejo General del Poder Judicial ha impuesto su criterio, indicando que para este impuesto el sujeto pasivo seguirá siendo el prestatario, enmendando, en un tiempo record, la plana a sus propios Magistrados que tan sólo hacía unas semanas habían indicado todo lo contrario. Pero claro está eso que habían dicho los Magistrados hacía recaer sobre las espaladas de los bancos un peso y una carga que según sus propios dirigentes sería imposible de soportar y provocaría la quiebra de muchos de ellos, o en el peor de los casos, tendrían que repercutirlo a los clientes vía comisión o subida del interés del préstamo hipotecario concedido.
Pero a grandes males, grandes remedios y el Presidente del Gobierno ha dejado bien claro que se va modificar la Ley, para eliminar esa ambigüedad que existe en la misma, que es la que permita este tipo de interpretaciones, dejando indicando sin ningún género de dudas que el sujeto pasivo son los bancos. Trasladando así esta carga impositiva definitivamente a las entidades financieras para que no puedan escurrir el bulto y librarse de pagar un impuesto sobre el que hasta ahora caben muchas interpretaciones por parte de los Jueces y Tribunales.
De todas formas creo que la pelea judicial en los Tribunales no ha terminado todavía, puesto que el legislar para cambiar el sujeto pasivo está bien, para desde ahora en adelante. Quedando pendiente de resolver que va a ocurrir con el carácter retroactivo que habría podido llegar si se hubiera adoptado el criterio que primeramente decían los Magistrados en sus sentencias, lo que llevará a seguir dando la batalla en los tribunales, para que esto llegue al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que sea este el que decida como ocurrió en el tema de las clausulas suelo.
Este lio bastante gordo que ha provocado la mala gestión que el Alto Tribunal ha hecho del asunto, lleva implícito que se pierda la confianza en la justicia y por supuesto en la separación de poderes, que fue el modelo que nos dimos cuando se aprobó la Constitución de 1978, que ahora con todo esto se pone muy en entredicho.


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