"Actuar es fácil, pensar es difícil; actuar según se piensa es aún más difícil"

COMPLIANCE PENAL PARA LAS EMPRESAS OLIVARERAS

Hasta la reforma del Código Penal del 2010, esta Ley Orgánica no incluía medidas para derivar responsabilidades penales a los empleados y castigar judicialmente a quien realmente comete el delito. Desde ese año 2010 el Código Penal estableció la responsabilidad penal de las personas jurídicas. Lo cual abrió una nueva vía de preocupación a los Administradores de éstas, bien fuese un Administrador Único, un Consejo de Administración o un Consejo Rector, que veían que la empresa podría verse involucrada en una imputación penal por acciones cometidas por sus directivos o empleados.

Articulo publicado en REVISTA OLIMERCA Nº 34 - 3º Trim 2020

Leer más Páginas 110 y 111

Nuevos enfoques de futuro para el aceite de oliva

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